Alila volvió a insistir en la prisión domiciliaria porque su celda no tiene «comodidades» y sufre ansiedad

La defensa de Ariela Alila, quien cambió su identidad de género durante el proceso judicial que enfrentó por hechos de abuso sexual, presentó un hábeas corpus ante el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, solicitando acceder al beneficio de la prisión domiciliaria y abandonar la celda en la que se encuentra alojada por las condenas por delitos sexuales y lavado de activos.

El abogado Néstor Abel Cáceres argumenta que la condenada atraviesa un «delicado estado de salud» a raíz de lo que calificó como un «gravísimo régimen de aislamiento». «Sufre de ansiedad y ataques de pánico, por lo que debe permanecer en un lugar que asegure su aislamiento cuando los ataques se presentan», señaló el defensor, entendiendo que Alila debería obtener el arresto domiciliario.

Cáceres se quejó de que la celda donde se encuentra su defendida «es un lugar pequeño, sin comodidades y en el que apenas se pueden dar uno o dos pasos». Todo esto, dijo, «pone en riesgo su vida», ya que su estado «empeora cada día».

Contrario a un anterior pedido, también se oponen ahora a un posible traslado a la cárcel de Ezeiza para mujeres, ya que «solo posibilita que el problema se reproduzca en otro espacio físico».

Desde el Juzgado Federal rechazaron el hábeas corpus por considerar que no se encuentran satisfechos los recaudos que habilitan el procedimiento, además de calificar que las condiciones descriptas en el planteo de Alila «no presentarían situaciones de extrema urgencia que ameriten adoptar un temperamento en contrario».

De todos modos, el instrumento recayó a modo de consulta en la Cámara de Apelaciones. Fue así que las juezas Rocío Alcalá y María Delfina Denogens señalaron que se omitió la posibilidad de que Ariela pueda ser escuchada. Por eso, consideraron que la decisión de la Jueza debe ser revocada, «resultando la misma, en principio, prematura; correspondiendo, en consecuencia, la devolución de estos autos para la continuación del procedimiento». Es así que el juzgado federal deberá seguir el trámite de la audiencia presencial antes de admitir o rechazar el hábeas corpus.