Colombia, Ecuador, Costa Rica, Honduras y Guatemala completan la vanguardia en el combate de la explotación a menores en actividades económicas y domésticas intensivas.
La región aborda el mes internacional de la erradicación del Trabajo Infantil con países como Bolivia, Guayana y Nicaragua que poco avanzaron hacia el cumplimiento de la meta de las Naciones Unidas en su Agenda 2030 de terminar con la propensión al trabajo doméstico y/o en actividades económicas en niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años.
En cambio, nuestro país, junto a Colombia, Ecuador, Costa Rica, Honduras y Guatemala, fueron ponderados por la OIT como los que más hicieron en esa dirección, si bien el Barómetro de la Deuda Social de la Infancia de la Universidad Católica Argentina (UCA) contabilizó 1,3 millones sobre el segundo semestre del 2022, en los que aparece el sector agropecuario como el principal responsable de la explotación a menores de 16 años en actividades económicas y domésticas intensivas.
Se les hace desempeñar tareas riesgosas y se los priva –precisamente– del derecho a la educación.
El servicio doméstico, como limpiar, lavar, planchar, cuidar a los hermanos, sea o no remunerado, suele quedar asociado con el abandono escolar y provoca, en los seis años previos, que cuatro de cada diez chicos/as que trabajaban tuvieran déficit educativo.
También suceden anomalías en talleres textiles y, a veces, surgen casos de trata de personas, de tal modo que el observatorio social de la UCA calcula que el trabajo infantil involucra a casi el 15 por ciento de la población entre los 5 y 17 años.
Sin embargo, hubo sólo 18 causas abiertas por denuncias entre 2022 y 2023, debido a que los afectados son niñas/os y adolescentes y muchas veces las propias familias, sumidas en la pobreza, también son víctimas del mismo trabajo esclavo.
Existe una figura legal que castiga el trabajo infantil incorporada al Código Penal en 2013 (artículo 148 bis) y prevé de uno a cuatro años de prisión.
Según la norma, se castiga a quien «aprovecha económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave».
Las madres, padres y tutores no son punibles porque suelen estar igualmente sometidos.
Hubo alrededor del tema en Argentina más ruido mediático que intervenciones judiciales.
El más resonante fue el enfático repudio de la provincia de Buenos Aires a las declaraciones del diputado de La Libertad Avanza Alberto Benegas Lynch, quien había expresado que “libertad también es no querer mandar a tu hijo al colegio porque lo necesitás en el taller”. Lo acusaron de violar la Ley de Educación Nacional 26.206, que dispone la obligatoriedad de la educación en nuestro país.
“En lo que respecta al trabajo infantil como problemática social y, en consecuencia, como asunto del Estado y sus políticas públicas, es necesario afirmar el compromiso de la sociedad en su conjunto para abordar el tema integral considerándolo un flagelo social que no debe naturalizarse”, resaltó el comunicado oficial.