Lucas González y sus tres compañeros sobrevivientes fueron inicialmente detenidos bajo cargos de haber cometido delitos que, según se probó luego, no existieron pese al intento de fraguarlos por parte de los policías de la Ciudad.
La defensora de de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Marisa Grahan le pidió al primer juez de la causa por el homicidio del futbolista de Barracas Central Lucas González, Alejandro Cilleruello, que informe sobre «las circunstancias en las que se produjo la aprehensión y posterior detención» del grupo de jóvenes que viajaba en el vehículo.
La defensora aclaró que el informe apunta a «evaluar el accionar de las fuerzas de seguridad y agentes involucrados», en un contexto en el que la actuación del juez también aparece cuestionada.
Lucas González y sus tres compañeros sobrevivientes fueron inicialmente detenidos bajo cargos de haber cometido delitos que, según se probó luego, no existieron pese al intento de fraguarlos por parte de los policías de la Ciudad.
De hecho, ya había nueve detenidos y el fin de semana se sumaron cinco más, por disposición del juez Martín Del Viso a instancias del fiscal Leonel Gómez Barbella.
La defensora del niño preguntó «los motivos por los cuales se produce la aprehensión y posterior detención (imputación); personal de las fuerzas de seguridad involucradas en la detención, indicando nombre, apellido y cargo; fecha y hora de aprehensión y fecha y hora de ingreso al Centro de Admisión y Derivación (CAD, ex Instituto Inchausti), adjuntando las actas correspondientes».
Grahan también quiere saber sobre el «estado físico de los adolescentes detenidos adjuntando las actas médicas correspondientes; si se ha tomado declaración o testimonio a los adolescentes sobre los hechos que motivan la presente y si en dicho contexto manifiestan haber sido víctimas de hechos compatibles con malos tratos, tortura u otros tratos inhumanos, crueles y degradantes».
La defensora apuntó también a determinar «en qué condiciones se tomaron las declaraciones».
Además, reclamó copias del «acta de detención y notificación de derechos; y Acta de Remisión de Niño, Niña y Adolescente», una norma de procedimiento fijada por una resolución de 2014 del Ministerio de Seguridad de la Nación.
«Dada la gravedad de los hechos denunciados y el fallecimiento del adolescente, se requiere tenga a bien responder el presente pedido de informe en el término de 48 horas», emplaza la nota dirigida al juez Cilleruello.