Causa Chirino: los acusados deberán ir a prisión preventiva

Así lo aseguró el abogado de la familia de la víctima.  «Lamentablemente están disfrutando de la vida, a diferencia de su compañero de armas que se fue prontamente «, manifestó el letrado. 

Matías Chirino murió en junio de 2022 luego de que le hicieran beber alcohol y le obligaran a realizar esfuerzos físicos en el marco de un ritual de iniciación en el Grupo de Artillería de Monte 3 de Paso de los Libres.

El Abogado de la familia Chirino, Enrique Novo, dialogó y señaló que la Cámara de Casación de Comodoro Py declaró inadmisibles los recursos presentados por los imputados del homicidio de Matias Chirino, así que se hará prontamente el juicio en el Tribunal Oral de Corrientes  por «homicidio simple» (y no como había dispuesto el Juez de Paso de Los Libres_ homicidio culposo). 

Además, resaltó que se deberá hacer efectiva la orden de prisión preventiva dispuesta por la Cámara Federal de Corrientes.

Novo recordó que son nueve los implicados de la causa y, a dos años del fallecimiento del joven subteniente, se encuentran en libertad en este momento. Añadió que «lamentablemente están disfrutando de la vida, a diferencia de su compañero de armas que se fue prontamente y dejó su familia».

Por otra parte, sostuvo que están ante la posibilidad prontamente de que se lleve adelante el juicio por dos motivos.

«Hace unos días el tribunal oral notificó tanto a la defensa, como a la querella y la fiscalía para que vaya cumpliendo los pasos previos a ese juicio, es decir, nos notificó antes de conocer el resultado de esta sentencia, quiere decir que no va a quedar en la carpeta del olvido este expediente y tenemos la firme esperanza de que el juicio se materialice este año en la ciudad de Corrientes ante el tribunal oral», informó.

Recalcó que el cambio de la carátula a homicidio simple es un logro para la familia, porque «desde un principio el juez federal de Paso de los Libres no actuó conforme a derecho, hubo un intento de ocultamiento de pruebas, que si no actuaba rápidamente el papá de Matías, el señor Ezequiel Chirino, y lograba el apoyo de parte del ejército en proteger esas pruebas, principalmente en proteger a testigos directos de los hechos, este caso hubiera sido archivado como una muerte accidental».

Agregó que «sin perjuicio de eso y de la buena actuación del fiscal de primera instancia, el juez al momento de elevar el expediente, no lo hizo tampoco de buena manera, hizo un quiebre lógico en su resolución y terminó fijando una calificación muy menor a la que correspondía, porque entendía que Matías no falleció por los actos que fueron consecuencia del abuso que cometieron sus superiores, sino que en realidad había fallecido Matías por una especie de omisión de auxilio o de omisión de cuidado».

El letrado explicó que «es como si una enfermera hubiera dejado a alguien accidentado sin cuidarlo en un nosocomio, que se fue a accionar y se le murió el paciente. Acá no, ellos generaron la situación previa que termina con el fallecimiento de esta víctima. Es decir, no pueden ser ajenos y no debían ser ajenos a esa cuestión previa. Pero así lo entendió la Cámara».

Por último, consideró que «nuestra esperanza es que el Tribunal Oral le ponga fin y se pueda llegar a la condena que espera la familia para poder cerrar esta parte de su luto. Independientemente de qué tipo de sentencia vaya a haber, la familia lo que quiere es una sentencia justa, y que quienes fueron responsables de la muerte de Matías se hagan cargo y tengan la respuesta de la sociedad a través de la justicia. Que esto no quede como un caso de una muerte accidental más, como consecuencia de estos abusos sádicos, de un irregular ejercicio del poder militar».

Destacó que la pena que tiene homicidio simple es de 8 a 25 años de prisión.