La Justicia le prohibió a un hombre el ingreso a eventos deportivos del Club Atlético Belgrano de Córdoba por incumplir con la cuota alimentaria de su hijo.
Una jueza de Córdoba le prohibió a un hombre el ingreso a todo evento deportivo que realice el Club Atlético Belgrano de Córdoba por el incumplimiento de la cuota alimentaria con la que debe asistir a su hijo menor de edad.
Fuentes del Poder Judicial de Córdoba informaron este viernes que la medida incluye la «no renovación del carnet de socio» y la «prohibición de salir del país», entre otros detalles.
La jueza de primera instancia de la ciudad de Córdoba, María Firbank, resolvió así la causa abierta por la denuncia promovida en diciembre de 2022 por la madre del menor, identificada como V.L.L, en contra del progenitor, F.J., por «incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria».
FJ ya había sido inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios por los incumplimientos previos, y en el texto judicial consta que ya se había dispuesto numerosas veces la retención de la cuota alimentaria directamente de los ingresos en blanco del progenitor.
Sin embargo, «cada vez que era embargado renunciaba a su trabajo», por lo que la magistrada consideró que «mantiene una actitud de incumplimiento continuo y sostenido en los últimos tres años».
En ese sentido la jueza evaluó que la conducta del denunciado se encuadra en el marco de «violencia económica por razón del género en contra de la madre de su hijo» y consideró que con el incumplimiento de su obligación «vulnera los derechos humanos» del chico, y de la madre que debe «atender sola las necesidades de su hijo adolescente».
Al respecto, agregó que resulta evidente que «estamos frente a un deudor alimentario contumaz que no se digna a cumplir con su obligación parental más básica, de alimentar a su prole».
Entre los elementos incorporados a la causa se comprobó que el progenitor es socio del Club Belgrano y que era un asiduo concurrente a los partidos de fútbol, lo que implicaba que disponía de recursos económicos para costear ese entretenimiento.
A partir de esos elementos la resolución judicial ordenó la «prohibición de ingresar a todo evento deportivo que realice el Club Atlético Belgrano al señor F.J.» hasta tanto regularice el pago de la obligación alimentaria a su cargo.
También la «prohibición de renovar el carnet de socio» al Celeste y la «prohibición de salida del país», porque para eso hacen falta dólares y por ende se sobreentiende que tiene fondos para cumplir con sus obligaciones más urgentes.
Para que se efectivice esa restricción se notificó de la resolución a la Dirección Nacional de Migraciones y a la Policía Aeronáutica.