Los padres estaban separados y los ataques sexuales a la menor ocurrieron en la casa del acusado, entre los años 2018 y 2021, cuando la madre de la niña descubrió todo.
El padre de una niña de 6 años, acusado por el delito de «abuso sexual agravado con acceso carnal y bajo la modalidad de delito reiterado», fue hallado culpable ayer y condenados por los jueces del TOP 1 a la pena de 10 años de prisión, tomando en cuenta solo el pedido del abogado querellante, ya que el fiscal del caso decidió no sostener la acusación.
Se trata de una niña, cuya madre presentó la denuncia en el mes de septiembre de 2021, aunque los hechos fueron relatados por la víctima que ocurrieron desde el año 2018 en adelante, cuando solo tenía 6 años. Según consta en el expediente, la pequeña contó los ataques de su padre inicialmente a su abuela materna y esta luego se lo contó a la progenitora de la menor.
Los padres de la niña estaban separados y eventualmente ella pasaba algunos días en la casa de su padre en el barrio Villa Chiquita, junto a su actual pareja. Allí ocurrieron todos los abusos sexuales en forma reiterada.
Según el relato de la propia víctima en Cámara Gesell y en los informes de pericias psicológicas realizadas, el degenerado, identificado como M. E. Da Silva Botello de 33 años, agredía a la menor, introduciendo sus dedos en las partes íntimas, diciéndole que no debía decir nada, «porque o sino iría preso».
Los ataques que recordó la víctima ocurrieron cuando dormía en una de las habitaciones de la casa y también cuando se bañaba. Además intentó abusarla con el mango de un tenedor.
La Justicia entendió luego de escuchar los testimonios de las peritos que declararon durante el juicio, que los hechos pudieron haber existido en reiteradas veces.
El juicio concluyó ayer con una condena de 10 años de prisión, tomando como referencia los 15 años pedido por el abogado querellante Conrado Rudy Pérez, perteneciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Corrientes, quien llevó el caso en forma gratuita.
Cabe destacar que el fiscal del juicio, Carlos Lertora, no sostuvo la acusación; por lo tanto, no pidió ningún tipo de condena para el acusado, pese a las sobradas pruebas del expediente y todos los testimonios de peritos que pasaron por el tribunal.
Según la información a la que tuvo acceso diario época, el fiscal habría acusado al inicio del juicio, pero insólitamente en el transcurso del mismo ya no lo hizo, pero tampoco dio un paso al costado, lo que generó malestar entre los familiares de la víctima y la propia querella, que hasta ese momento había planteado un inicio en bloque a fin de lograr una condena sólida pedida por ambas partes.
Finalmente y luego de todos los informes periciales, ginecológicos, como psicológicos; los informes que arrojó la Cámara Gesell y el testimonio de la propia víctima; además de los testigos que pasaron por las audiencias de debate, los jueces del Tribunal Oral Penal N°1, con la presidencia de Ana del Carmen Figueredo y los vocales Juan José Cochia y Roman Facundo Esquivel, dictaron la sentencia 410 condenando al imputado a la pena de 10 años de prisión, por hallarlo penalmente responsable del delito de «abuso sexual, con acceso carnal, agravado por su condición de padre y por tratarse de una menor de 13 años en la modalidad de delito continuado».
Los jueces también dictaron la prisión preventiva y la detención inmediata del condenado, quien ya estaba preso y llegó al lugar en medio de un dispositivo de seguridad.
Esta medida se tomó hasta tanto quede firme la medida judicial y de alguna manera, hecha por tierra también la posibilidad de fuga que podría tener, luego de conocer la cantidad de años impuesta por los magistrados.