El Jurado Popular condenó por homicidio agravado por el vínculo a Daiana Álvarez
El pasado 27 de julio de 2019, Evelin Franco de 35 años fue encontrada sin vida en su departamento del barrio Ítalo Argentino. Al realizarse la autopsia y conocerse el resultado del informe del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses, el hecho fue calificado como homicidio, por lo que su pareja a Daiana Álvarez de 27 años terminó con prisión preventiva.
Por esto, este miércoles 8 de septiembre, el Jurado Popular determinó que Daiana Álvarez es culpable del «delito homicidio agravado por la relación de pareja mediante circunstancia extraordinarias de atenuación». La sentencia se dio de manera unánime.
ESTO PASÓ HOY EN LOS ALEGATOS DE CLAUSURA
«¿Una botella y media de cerveza lleva a alguien, aunque no tenga cultura alcohólica, a un estado de inconciencia para no darse cuenta de que en un momento determinado vomitan y no se despiertan y que se ahogan y no se despiertan?», planteó el fiscal de Cámara N°1, Jorge Fernando Gómez y se respondió: «Yo creo que eso no pasa así».
El fiscal relativizó la tolerancia de las mujeres al consumo de alcohol y dijo «esto es teoría, puede haber mujeres que tengan más tolerancia que un hombre. Es todo muy relativo y nosotros tenemos que ir formando una opinión con los datos y pruebas objetivas». «¿Dónde estaba ese vómito?, cuestionó sobre el planteo de la defensa de Daiana Álvarez e indicó: «El médico forense dijo que no había vómito, no había resto ni en el estómago, pero lo más importante es que no había en el pulmón».
«PERVERSA»
Gómez, durante su intervención, también citó el informe psicológico de la doctora Cantero: «No hacía falta más de una sesión de dos horas para determinar que estaba ante una mujer que era perversa. Tan perversa es Álvarez que ni su mamá, ni según él, el marido actual sabía de su condición (bisexual) y tampoco sabía dónde estaba en un buen tiempo de abril a julio, donde supuestamente se estaba recuperando de una intervención quirúrgica de vesícula».
Finalmente, el fiscal también mencionó al toxicólogo José Camargo que en su informe reveló que en Evelin Franco solo se encontró alcohol. «Recuerden ustedes que dijo encontró solo alcohol, entonces no hacía falta analizar el hisopado en nariz porque ya sabía que no había cocaína, mediante el análisis de sangre y orina».
«La persona que la mató pretendió lograr su impunidad avisando una hora después o más de que ocurrió el hecho», cerró Gómez y agregó: «La defensa niega la relación de pareja, hubo testigos que hablaron cuándo y cómo inició la relación porque Evelin Franco le hacía las curaciones, después de la intervención quirúrgica en la vesícula». Concluida su alocución, el fiscal pidió que se condene a Daiana Álvarez por ser la autora de la muerte violenta de Evelin, con el agravante de ser pareja -homicidio agravado por el vínculo-.
INTERVENCIÓN DE LA QUERELLA
«En ningún momento me manifestaron ellos que la intención era hacer justicia a cualquier precio. A su hija ya no se la iban a devolver», comenzó diciendo Pablo Vianello, abogado querellante representante de la familia de Evelin Franco, tras la intervención del fiscal. «No por nada la señora -por Daiana- permanece detenida hasta el día hoy, no por nada llegó con prisión preventiva al juicio, no por nada se fueron ratificando todas y cada una de las instancias», agregó.
«Hoy se demostró la verdad. Evelin Franco no se suicidó, no tuvo una muerte natural, no consumió ningún tipo de droga y eso quedó demostrado», expresó y sobre los peritos de parte que cuestionaron el informe del Imcif indicó: «Es muy difícil que yo pague un perito y que venga y diga lo que a mí no me sirve. Estas cuestiones son las que ustedes tienen que analizar para poder llegar a una decisión».
Sobre la forma de la muerte, Vianello indicó: «Nosotros decimos que no murió por muerte natural, nosotros decimos que murió por una asfixia mecánica por estrangulación con el pliegue del codo, decimos que hay lesiones microscópicas en el vasculonervioso del cuello».
Sobre Daiana, Vianello dijo: «Cuando la Policía estaba deambulando en el lugar le dijeron bajá mamita y ella bajaba en cámara lenta por las escaleras. Si a vos se te muere tu pareja, o creer que todavía no murió y crees que tiene la posibilidad de seguir viviendo, me tiro del balcón para ir a buscar ayuda, en ningún momento hubo una actitud de ayuda, de desesperación y esto quedó acreditado con todos”. El abogado pidió «encarecidamente» que el veredicto sea de culpabilidad en función del artículo 80 inciso primero que es homicidio agravado por el vínculo.
DEFENSA DE DAIANA
La última intervención de la jornada fue la del abogado que defiende a Daiana Álvarez, Marcelo Cuesta, quien le manifestó al jurado popular: «Ustedes acá venían a ver hechos, sin embargo, los relatos confusos, engañosos que hasta tornaría necesaria que ustedes vuelvan a rever lo que plantean sobre dichos, lo que dijo el perito, toxicólogos y testigos».
«Decimos que Evelin Franco tuvo una conducta que pudo ser abusiva, que la intoxicación alcohólica fue determinante porque es el único dato objetivo», manifestó Cuesta quien criticó la labor de la fiscalía al considerar que no trabajó en demostrar como Álvarez «plantó jeringas» como aseguraron y también por definir como una relación de pareja el vínculo entre ambas por mensajes de textos. «Yo no sabía que las parejas se formaban en tres meses, imaginé que es una creación de dos personas que pasaban muchas cosas, que pasaba un buen tiempo que era determinante para decir ´somos parejas´», planteó.
«El concepto de pareja es tan liviano como la investigación», consideró el abogado quien insistió en que «no hubo delito». «Les pido en base a las pruebas analizadas que tengan un veredicto absolutorio para Daiana, no merece otra cosa. No merece cargar con los errores de una fiscalía, no merece cargar con la falta de diligencia de hacer las cosas», cerró frente al jurado popular.