Legisladoras trabajan en la creación de una reparación económica para hijas e hijos de personas víctimas de violencias

El proyecto de ley provincial se sitúa en la misma dirección que la Ley N°27.452, conocida como “Ley Brisa”. La misma establece que los hijos y las hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género, deben ser protegidos para crecer en un ambiente sano y libre de violencias.

Diputadas que integran la Comisión de Género, Diversidad, Familia, Niñas, Niños y Adolescentes, dieron despacho unánime a un proyecto que propone establecer un Régimen complementario de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes, víctima de aquellos casos en el cual el progenitor o progenitor afín, se encuentre procesado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora o cuando hubiese fallecido a causa de violencia de género y que no se encuentren amparado por la Ley Nacional N°27.452 por que fueron hechos que ocurrieron con anterioridad a su vigencia.

La iniciativa fue presentada por las diputadas Jessica Ayala y Liliana Spoljaric (MC) y cuenta con dictamen favorable de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación General, Justicia y Seguridad, con algunas modificaciones al texto original.

De sancionarse la ley, serán destinatarias y destinatarios las personas menores de veintiún años o personas con discapacidad que sean hija o hijo de la progenitora fallecida a causa de violencia de género que no se encuentren comprendidos por la norma nacional.

En cuanto al monto de la reparación, el proyecto propone que sea abonada por el Poder Ejecutivo de la provincia de manera mensual, por un valor equivalente a un salario mínimo vital y móvil, de carácter inembargable y se abonará por cada persona menor de veintiún años o con discapacidad siendo retroactiva al momento de cometerse el delito, aunque el mismo se hubiera cometido con anterioridad a la sanción de la ley.

Sin embargo, la percepción de la reparación económica sólo se extinguirá en caso del sobreseimiento o la absolución del/la progenitor/a y/o progenitor/a afín procesado/a como autor/a, coautor/a, instigador/a o cómplice del delito de homicidio respecto de la progenitora y/o progenitora afín de los/as hijos/as en común. En estos casos, la autoridad de aplicación no podrá reclamar la devolución de los montos percibidos.

Presidió la reunión la diputada Paola Benítez, con el acompañamiento de las legisladoras Zulma Galeano, Jessica Ayala, Alicia Digiuni, Mariela Quirós, Andrea Charole, Teresa Cubells, Débora Cardozo, Silvina Canteros y Clara Pérez Otazú.