El 4 de julio de 2018, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó por unanimidad la Ley 27.452 que creó el Régimen de Reparación Económica para Niños, Niñas y Adolescentes (RENNyA) que establece que las hijas y los hijos de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben contar con protección para crecer en un ambiente sano y libre de violencias.
Desde el 2018, el Estado acompaña de manera integral a las hijas e hijos de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género, garantizando su derecho a ser protegidas y protegidos para crecer en un ambiente sano y libre de violencias.
El 4 de julio de 2018, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó por unanimidad la Ley 27.452 que creó el Régimen de Reparación Económica para Niños, Niñas y Adolescentes (RENNyA) que establece que las hijas y los hijos de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben contar con protección para crecer en un ambiente sano y libre de violencias. Por eso, tienen derecho a recibir una reparación económica mensual, acceder a una cobertura de salud y acompañamiento integral durante su crianza.
A cinco años de este importante avance en materia de derechos y hasta mayo de 2023, un total de 1.518 hijos e hijas de víctimas fatales recibieron la reparación económica. Entre quienes son titulares de este derecho, la mayoría tiene entre 5 y 12 años.
La reparación es equivalente una jubilación mínima a la cual acceden infancias y adolescencias que han perdido a su madre o padre a causa de femicidio, travesticidio, transfemicidio o han fallecido en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género. Dicha prestación se abona hasta los 21 años y es sin límite de edad para aquellas personas que al momento del hecho acrediten una discapacidad. A su vez, la reparación estipula el acceso a una cobertura de salud y es compatible con el Régimen de Asignaciones Familiares y con otras pensiones.
El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) junto con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), del Ministerio de Desarrollo Social, y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), trabajan para agilizar los procesos de implementación del RENNyA y dar respuestas pertinentes a las personas alcanzadas por esta ley.
Esta norma surge como respuesta a la demanda de una sociedad movilizada contra las violencias de género y representa un avance legislativo que evidencia un Estado presente, ocupado en reparar y acompañar a las infancias y adolescencias víctimas colaterales de estos delitos.
Cómo se tramita
El procedimiento para la implementación de RENNyA incluye el trabajo articulado y la participación de tres organismos: ANSES, MMGyD y la SENAF. El trámite se realiza a través de ANSES, donde se recibe la documentación y se genera el expediente electrónico. El proceso continúa en el MMGyD, donde se coteja la documentación, y se realiza el primer contacto con la persona que solicitó la reparación y se elabora un informe técnico de la situación actual de la familia, que es remitido a la SENAF para su evaluación y aprobación, en el caso de corresponder. A su vez, tanto el MMGyD como la SENAF tienen competencias para brindar acompañamiento en el proceso de reparación, de acuerdo con la especificidad de cada organismo.
Para acceder a este derecho se debe reunir la documentación del hecho, de la o el titular del derecho y de la o el representante, cuando el o la titular sea menor de 18 años o una persona con discapacidad que requiera representación, se debe imprimir los tres formularios por ANSES y gestionar un turno online a través de la web o a través de la línea 130.