Lo dispuso el titular del Juzgado de Paz y Faltas local de Miraflores, Omar Ricardo Berdon, quien ordenó el arresto preventivo de tres personas que fueron denunciadas por no cumplir con el pago de la cuota alimentaria acordada.
En contacto con Diario Chaco el juez de Paz Omar Berdon explicó que «hace varios meses se viene visualizando este tipo de casos, pero que en los últimos días hubo tres casos originados por denuncias por violencia económica. La denuncia la realizaron tres madres por el incumpliendo del compromiso asumido en el mismo Juzgado”.
En ese sentido, el magistrado comentó que en los Juzgado de Paz “se hacen esos acuerdos y en algunos casos tenemos que fijar cuotas, pero en su amplia mayoría se establecen acuerdos y los porcentajes se basan de acuerdo a los ingresos del alimentante o por el salario mínimo vital y móvil para que se vaya actualizando por sí solo”.
El juez reconoció, sin embargo, que “a veces esos acuerdos no se cumplen con alguna razón justificable, en otros casos cumplen un mes y luego no cumplen más”, y señaló que en las denuncias las madres dejan constancia que el padre de los niños participan de carreras cuadreras, se lo ve en los campeonatos de futbol, en los boliches, con una moto nueva. “Estamos ante uno de los casos de violencia -dijo el Juez Berdon- y en consecuencia tenemos los Juzgados Paz y Faltas, tenemos la competencia que se adopten las medidas de seguridad que establecen la Ley Nacional de Protección Integral de Violencia contra las Mujeres y en eso se trabaja bastante porque es una de las violencias que se repite bastante en nuestro pueblo”, señaló.
Berdón aclaro que, si bien ordenó el arresto preventivo de estas personas, “no significa que se haya sancionado con arresto, se trata de un arresto preventivo a modo de asegurar el comparendo y asegurar que esta persona comparezca al juzgado y se notifique de las sanciones y de las explicaciones por las cuales no está cumpliendo”.
Violencia económica
El magistrado explicó que “la violencia económica es aquella por la cual se busca menoscabar los recursos de la víctima dejándola en un estado de vulnerabilidad y desamparo. Generalmente la madre es quien debe soportar por si sola la carga de cuidados, crianza y mantención de los hijos”.
Agregó, además, que “el incumplimiento injustificado e intencional de la obligación alimentaria asumida o cobrar y quedarse con la suma de dinero por subsidios, asignaciones o planes sociales que corresponden a sus hijos sin aportar realmente dichas sumas para el sostén de los hijos se interpreta como violencia”.
Por último, el juez de faltas recordó que, “para estos casos similares, toda víctima de violencia económica debe radicar el escrito correspondiente en sede judicial y/o policial, a los fines de llevar a cabo las diligencias de rigor”.