Reglamentan plan de pago previsional, con restricciones según ingresos y bienes declarados

El Gobierno aprobó hoy la reglamentación de la Ley Nº 27.705 que establece un plan de pago previsional para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación pero no poseen 30 años de aportes, en el que determinan que para poder ingresar al mismo deben cumplir determinados parámetros de ingresos y bienes declarados, y que no podrán acceder a la compra de «dólar ahorro» o dólares bursátiles.

La normativa fue dispuesta mediante el Decreto 173/2023, publicado en el Boletín Oficial.

A partir de la ley, que fue aprobada el 28 de febrero pasado por la Cámara de Diputados, se estima que unas 800.000 personas que tienen la edad pero no los 30 años de aportes podrán acceder a una jubilación.

La votación contó con 134 votos en la Cámara de Diputados que fueron aportados por el Frente de Todos (FdT), el Interbloque Federal, Provincias Unidas, y la izquierda; mientras que el rechazo reunió 107 sufragios de Juntos por el Cambio (JxC), y las dos agrupaciones de derecha: La Libertad Avanza, que conduce Javier Milei, y Avanza la Libertad, del liberal José Luis Espert.

Los períodos a incluir en el plan comprenderán lapsos que sean anteriores a diciembre de 2008 inclusive.

Entre los requisitos previstos para acceder al plan de pagos previsional será necesario cumplir con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para hombres) o que se llegue a la misma dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la norma.

El valor de la Unidad de Pago, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

La base mínima actual es de $ 19.758,21, por lo que las cuotas mínimas rondarán los $ 5.729,88 mensuales.

A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $ 17.599.

Por otro lado, la Unidad de Cancelación de Aportes está digerida a trabajadores en actividad que no cuenten con 30 años de aportes, pero que todavía no cumplieron con la edad jubilatoria, siendo requisito ser mayores de 50 años para mujeres y 55 para hombres.

A diferencia de la moratoria para aportantes en edad de jubilación, esta no tiene un plazo determinado para adherirse y permitirá cancelar aportes comprendidos hasta el 31 de marzo de 2012.

En base a lo que establece la reglamentación publicada hoy, la Anses será la encargada de establecer los parámetros para el acceso a la moratoria, tomando en cuenta tanto la cantidad de meses necesarios como los aspectos patrimoniales y socioeconómicos del solicitante, y para ello tomará sus bases de datos con las suministradas por la AFIP y otros organismos.

En ese sentido, se tomarán en cuenta los ingresos brutos anuales del solicitante y su manifestación patrimonial en sus declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, la Administración Nacional de Aviación Civil y las embarcaciones informadas por la Prefectura Naval Argentina.

También serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y débito.

En el caso de exceder alguno de estos parámetros, ese podrá acceder a la moratoria pero en un solo pago, que no será deducible del haber previsional.

A todas estas condicionalidades, la reglamentación de hoy ratificó, en su artículo 2°, que las personas que quieran ingresar en la moratoria para personas en edad de jubilación, no podrán acceder al mercado de cambios para obtener divisas por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de solicitud «conforme lo establezcan las normas aclaratorias y complementarias».