Como contraste, entre 2015 y 2019 sólo habían accedido a una jubilación unas 3000 madres en la provincia, por el régimen convencional.
Desde agosto y hasta la fecha, iniciaron su jubilación gracias a la política de reconocimiento de aportes por tareas de cuidado 4.358 madres y personas gestantes en la provincia del Chaco.
“Entre 2015 y 2019 solamente se jubilaron 3000 madres en nuestra provincia. Y ahora, sólo en tres meses superamos esa cantidad, a la que se suman aquellas madres que se jubilan de manera ordinaria”, contrastó el jefe de la Regional NEA de Anses, Agustín Aleman.
En el Chaco, según indicó, el universo de madres en condiciones de acceder a este beneficio ronda las 9000, por eso destacó la importancia de la cantidad que ya inició el trámite, y ratificó el trabajo para continuar hasta lograr la mayor inclusión.
“Estamos muy contentos con los resultados logrados a partir de esta política nacional”, sostuvo Aleman, quien recordó que la medida del gobierno nacional “visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijos e hijas”.
En el país, desde el lanzamiento de la medida, iniciaron el trámite de jubilación 106.072 madres, según datos oficiales del organismo.
Quiénes pueden acceder
A partir del Decreto 475/2021, la Anses reconoció las tareas de cuidado de los hijos como un trabajo. Esta medida visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural relacionada con la distribución inequitativa de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres o personas gestantes destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.
El decreto establece que las mujeres o personas gestantes que tengan la edad para jubilarse (60 años o más) y no cuenten con los años de aportes necesarios podrán sumar años de servicios computables para su jubilación por cada hijo/a que haya nacido con vida o que haya sido adoptado/a siendo menor de edad.
Este cómputo no tendrá efecto alguno como incremento o bonificación de los haberes jubilatorios, será considerado solamente a los fines de alcanzar el mínimo de años de servicios requerido para la obtención de la Prestación Básica Universal (PBU).
Se computa 1 año de aportes por hija/o nacido con vida o 2 años de aportes por hija/o adoptada/o, reconocimiento adicional de 1 año por hija/o con discapacidad y reconocimiento adicional de 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses continuos o discontinuos.
Se reconocen los plazos de licencia por maternidad y del período de excedencia como tiempo de servicio a las personas gestantes que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. Este reconocimiento también rige para los regímenes especiales administrados por Anses.
Esta prestación genera derecho a pensión y permite el acceso al sistema de asignaciones familiares y a la obra social para jubilados y pensionados PAMI.
Antes de solicitar el turno, la persona solicitante puede ingresar a la página “Mi Anses” con su CUIL y Clave de la Seguridad Social, sección: “Información Personal”, “Datos personales y familiares” y revisar que sus hijas/os se encuentren registradas/os.