Tras aumento en las cuotas de planes de ahorro, la Defensoría del Pueblo aclaró la situación

Desde el organismo advierten que en diciembre las cuotas de los planes de ahorro vinieron con un aumento de gran impacto para los bolsillos de los consumidores. El miércoles pasado, un grupo de ahorristas se movilizó en Resistencia, para reclamar por los incrementos desmedidos en los valores de las cuotas.

El defensor del Pueblo Bernardo Voloj explicó: “En diciembre las cuotas vinieron con un aumento debido a que muchas estaban atadas a un fallo judicial, el mismo cayó y por ese motivo las cuotas tuvieron un aumento retroactivo”. El organismo recibió muchas consultas y reclamos de ahorristas por el aumento desmedido de las cuotas que pagan. “La Defensoría del Pueblo ya ha intervenido por este tema, hace unos meses pedimos a la Inspección General de Justicia de la Nación la actualización normativa para evitar estos vacíos legislativos”, agregó.

Miles de suscriptores en todo el país vieron afectados sus intereses económicos a partir del incremento en los valores y cuotas en planes de ahorro para la compra de vehículos. Los planes, en su mayoría, son de 84 meses y los ahorristas suscriben los contratos analizando sus posibilidades económicas, con el convencimiento de que las cuotas no sufrirán variaciones drásticamente y actuando de buena fe. En la actualidad, el proceso inflacionario, la ausencia de información veraz, certera y detallada y la falta de trato digno y equitativo por parte de las administradoras, han llevado a los adherentes a situaciones que hacen peligrar la tenencia del vehículo, bajo amenaza ejecución prendaria y secuestro prendario.

Desde la Defensoría del Pueblo advierten que esta situación lleva a una afectación de los intereses económicos del consumidor, derechos consagrados en el art. 42 de la Constitución Nacional y 47 de la Constitución Provincial. La falta de trato digno y equitativo por parte de las empresas administradoras, se traduce en la indiferencia ante la situación por la que atraviesan los consumidores, no habiendo demostrado intenciones de lograr acuerdos y/o refinanciaciones. Ante esta estas situaciones, muchos adherentes han decidido iniciar acciones judiciales o amparos, a los fines de frenar los aumentos y lograr un equilibrio entre sus ingresos y las cuotas a abonar mensualmente.

Al inicio de estas acciones, los Tribunales de Primera Instancia ordenaron retrotraer las cuotas y suspender cualquier inicio de ejecuciones prendarias, hasta tanto se resuelvan las causas principales que prevén una renegociación del contrato y la búsqueda de un equilibrio. Pero ante las apelaciones que interpusieron las administradoras, aduciendo perjuicios y supuestos daños a los demás integrantes del plan, los Tribunales de Segunda Instancia fueron tomando otros criterios, muy alejado de la realidad de los adherentes, sin dar cumplimiento claro a la demanda de proteger los intereses económicos de los consumidores, poniendo en riesgo de afectación su derecho a la propiedad.

Esta situación llevó a que las administradoras se encuentren hoy cobrando las diferencias devengadas entre la medida cautelar dictada en primera instancia y las que se establecieron en segunda instancia. Lo que lleva a que en la realidad el consumidor termine abonando la misma cuota como si no tuviera medida cautelar. Claramente, los derechos constitucionales de los consumidores hoy están siendo desconocidos. Existen diversos criterios en el país, dado que algunos tribunales con sus fallos logran mantener ese equilibrio en las prestaciones y han tenido en cuenta al momento de resolver el ingreso económicos de los consumidores. La actual es una situación extraordinaria, que llevó a que el contrato que el consumidor oportunamente adhirió, haya sufrido desequilibrio y alteraciones en perjuicio del mismo.