Un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional la prohibición para que los condenados por delitos de narcotráfico accedan a la libertad condicional, lo que habilita a unos 15 mil detenidos en todo el país a solicitar el beneficio.
Según el Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), hasta fines de 2023 había 14.584 personas encarceladas por infracción a la Ley de Estupefacientes 27.737, que ahora podrían hacer su presentación en la Justicia para acogerse al criterio de este fallo.
La decisión de Casación recayó sobre el caso de Carlos Hernán Beati, condenado en 2020 a seis años de prisión por tráfico ilegal de drogas. Su solicitud de libertad condicional había sido rechazada por el Tribunal Oral Federal 3 de San Martín, lo que llevó a su defensa a apelar la medida.
Por mayoría, la Sala de Feria de Casación determinó que la prohibición absoluta impuesta en 2017 por la “Ley Petri” vulnera la igualdad ante la ley y el principio de reinserción social, ambos protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales.
La jueza Ángela Ledesma argumentó que la reforma del Código Penal y de la Ley de Ejecución Penal introdujo una prohibición que impide a ciertos condenados acceder al sistema progresivo de cumplimiento de penas, lo que afecta su derecho a la reinserción social.
El juez Juan Carlos Gemignani coincidió en que la norma genera una discriminación arbitraria, al limitar el acceso a la libertad condicional sin analizar cada caso en particular.
En disidencia, el juez Diego Barroetaveña sostuvo que la voluntad del Congreso debe respetarse y defendió la constitucionalidad de la restricción, al considerar que busca garantizar una política criminal más estricta.
Qué impacto tiene el fallo
El fallo no implica que todos los condenados por narcotráfico obtendrán automáticamente la libertad condicional, sino que cada preso deberá hacer su propio planteo y dependerá de qué sala de Casación analice su caso.
Además, el fiscal Raúl Pleé podría apelar la decisión para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que abriría la posibilidad de que el fallo sea revisado o revocado.